admsdm | Preguntas frecuentes | 26 de enero de 2018 |
La desintegración física de vehículos o también conocida como chatarrización, consiste en la destrucción de todos los elementos y componentes del automotor por parte de cualquier entidad desintegradora, debidamente autorizada por el Ministerio de Transporte.
La Resolución N° 0012739 del 20 de diciembre de 2012, establece que, si la solicitud de cancelación de matrícula está originada en la decisión voluntaria del propietario de desintegrar su vehículo, se deberá presentar la certificación expedida por la entidad desintegradora que debe estar debidamente autorizada por el Ministerio de Transporte, junto con la certificación de la revisión técnica de la DIJÍN.
El Cap. IV de la Resolución 646 del 18 de marzo de 2014 establece el procedimiento que se debe seguir para adelantar el procedimiento de desintegración de vehicular, entre otros aspectos dispone:
Entidades desintegradoras autorizadas en el perímetro de Bogotá
ENTIDAD DESINTEGRADORA |
PUNTO RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS |
HORARIO DE ATENCIÓN |
UBICACIÓN PLANTA DESINTEGRADORA |
Calle 87 N° 19 A – 27 y Calle 15 F N° 112 A 91 zona franca de Fontibón |
Lunes a viernes de 8:00 A.M. a 1:00 P.M. |
Calle 15 F N° 112 A 91 zona franca de Fontibón |
|
Punto de atención SIM |
Lunes a viernes de 1:30 A.M. a 5:00 P.M. |
Planta de Tocancipa Vereda Tibitó Diagonal al Autódromo de Tocancipa |
|
Calle 6 N° 2D 54 Soacha |
Lunes a viernes 8:00 A.M. a 6:00 P.M. y sábados de 8:00 A.M. a 3:00 P.M. |
Surtido el proceso de desintegración, el propietario del vehículo matriculado en Bogotá, procederá a solicitar la cancelación de la matricula por desintegración física total del vehículo en cualquiera de los puntos de atención SIMsiguiendo el procedimiento establecido en el Cap. V Art. 16 de la Resolución N° 0012739 del 20 de diciembre de 2012 y acreditando los requisitos generales, junto con la certificación de la revisión por parte de la DIJIN y la certificación de la desintegración expedida por la empresa desintegradora.
Para este trámite NO es necesario la presentación de SOAT, ni la revisión técnico-mecánica y de emisiones de gases contaminantes.