¿Están obligados los triciclos con pedaleo asistido a efectuar el registro y portar los documentos establecidos en la Resolución 160 de 2017? | Secretaría Distrital de Movilidad
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¿Están obligados los triciclos con pedaleo asistido a efectuar el registro y portar los documentos establecidos en la Resolución 160 de 2017?

 

   admsdm   Preguntas frecuentes 10 de agosto de 2017

Bajo la definición de triciclo con pedaleo asistido que se encuentra en la Resolución 160 de 2017, este tipo de vehículo NO está en la obligación de realizar registro en el RUNT, sin embargo, se hace necesario el porte del manifiesto de importación y/o factura de compra mediante la cual pueda acreditar que está equipado con un motor auxiliar con potencia nominal continua NO superior a 0,50 kW, que actúa como apoyo al esfuerzo muscular del conductor y su peso máximo es inferior a los 270 Kg.