admsdm | Preguntas frecuentes | 7 de julio de 2017 |
Se tiene el término que aplica para que el organismo de tránsito, en este caso Secretaría Distrital de Movilidad, emita el acto administrativo para que la sanción quede en firme, es decir, 30 días calendario contados a partir del día siguiente a la imposición de la orden de comparendo.
La no asistencia al curso, dentro del término indicado genera una multa equivalente a 5SMDLV, de acuerdo con lo previsto en el Art. 123 del Código Nacional de Tránsito.