¿Existe algún descuento para el pago de multas por infracciones de tránsito y trasporte? | Secretaría Distrital de Movilidad
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¿Existe algún descuento para el pago de multas por infracciones de tránsito y trasporte?

 

   admsdm   Preguntas frecuentes 7 de julio de 2017

 

Sí. Fue implementado a través de la expedición del Acuerdo N° 671 del 18 de mayo de 2017 emitido por el Concejo de Bogotá y el procedimiento para acceder a éste fue implementado mediante la expedición del Decreto 311 del 14 de junio de 2017 emitido por la Alcaldía Mayor de Bogotá.

El descuento aplica respecto al valor de los intereses de las multas impuestas por infracciones de tránsito y de transporte en la jurisdicción de Bogotá D.C., cometidas con anterioridad al 31 de diciembre de 2014, que cancelen el ciento por ciento (100%) del valor del capital de la multa. Así:
 

% DESCUENTO
FECHA MÁXIMA DE PAGO
INTERESES
80%
30 de Julio de 2017
50%
30 de septiembre de 2017
25%
15 de diciembre de 2017

 

Para acceder al descuento, tener en cuenta la información que aplica dependiendo si corresponde a una infracción de tránsito o una infracción de transporte.

 

TIPO DE MULTA

INFRACCIONES DE TRÁNSITO

INFRACCIONES DE TRANSPORTE

MULTAS OBJETO DE DESCUENTO

  • Aplica para multas impuestas entre el 16 de marzo de 2010 al 31 de diciembre de 2014*
  • Aplica para multas impuestas anteriores a 31 de diciembre de 2014

OPCIÓN HABILITADA PARA DESCARGAR VOLANTE DE PAGO

PUNTOS HABILITADOS PARA ATENCIÓN PERSONALIZADA

  • SuperCADE Américas
  • SuperCADE Suba
  • SuperCADE 20 de Julio
  • Sede de Paloquemao (Cra 28A N° 17A 20)
  • Sede de Paloquemao. Cra 28A N° 17A 20

DESCUENTO EN FACILIDADES DE PAGO

  • Ingresando el número de identificación puede descargar el recibo de pago disponible en PDF para los comparendos que les aplica el descuento columna acuerdo 671 de 2017
  • Dirigirse a Sede de Paloquemao. Cra 28A N° 17 A 20

MEDIOS DE PAGO

  • Dirección Distrital de Tesorería. Cra 30 N° 25 90 incluye facilidades de pago

* Los intereses moratorios de las multas por infracciones de tránsito solamente aplican frente a las órdenes

de comparendo impuestas con posterioridad a la modificación introducida por la Ley 1383 del 16 de marzo de 2010,

 anterior a esta fecha las multas no generaban intereses moratorios, por ende no les aplica descuento.