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Secretaría de Movilidad avanza en la implementación de plataformas tecnológicas obligatorias y del servicio de taxis de lujo

Como parte de la estrategia integral para mejorar el servicio de taxi en Bogotá, la Secretaría Distrital de Movilidad avanza en la implementación de dos proyectos para el segundo semestre de 2017.

Por un lado, entrará en vigencia el decreto que establece el uso obligatorio de plataformas tecnológicas, para ejercer un mayor control a la prestación del servicio de taxi y garantizar la seguridad de los pasajeros. Se espera que desde el próximo semestre empiecen a operar en los primeros vehículos y, así, aumente la cobertura gradualmente hasta completar la totalidad de la flota de taxis.

Por el otro, se habilitará a las empresas de taxis para que presten un servicio de lujo. Un requisito para ello es que estas cuenten con aplicaciones autorizadas por el Ministerio de Transporte.

Frente al avance sobre las plataformas tecnológicas, la entidad realizó un diagnóstico sobre su penetración en la prestación del servicio de taxi y concluyó que el 25 % de los viajes se solicita a través de estas herramientas tecnológicas. De igual forma determinó que el 60 % de los conductores las utilizan en sus jornadas laborales. Estos datos demuestran la importancia del uso diario de la tecnología en el transporte público individual en la ciudad.

Teniendo en cuenta este contexto, la entidad ya elaboró y publicó en su página web el proyecto de decreto de plataformas tecnológicas para que los ciudadanos aporten sus comentarios.

A continuación, se destacan los aspectos más importantes de este proyecto para la ciudad:

  • Se busca mejorar la prestación del servicio de taxi en el nivel básico (amarillos). Además, poder reportar información real sobre toda la operación del transporte público individual en Bogotá.

  • Los usuarios podrían solicitar servicios de taxi (adicional a seguir tomándolo en la calle), calificar el servicio prestado por el taxista, pagar por medios electrónicos (opcional al pago en efectivo), verificar la tarifa al finalizar el servicio, y presentar quejas, reclamos o felicitaciones.

  • Los pasajeros podrían obtener información sobre las carreras prestadas, los recorridos hechos y datos sobre los vehículos registrados.

  • Los beneficios que traerá el uso de las plataformas se verán reflejados en la garantía de seguridad y confianza para los usuarios, y en el fortalecimiento del control ejercido por las empresas del sector y la Secretaría. Con la información que provean estas herramientas se podrá formular y hacer mejor seguimiento de las políticas de servicio, así como mejorar la gestión del tráfico en la ciudad.

  • Todos los actores del sector tendrán labores específicas para garantizar el funcionamiento óptimo de las plataformas. La Secretaría tendrá la responsabilidad de definir y reglamentar los protocolos de transmisión de la información, así como establecer los plazos de implementación. A las empresas les corresponderá poner a disposición de sus conductores al menos una plataforma tecnológica para prestar el servicio, ya sea propia o en alianza con un tercero. Así mismo, deberán acreditar con una prueba documental ante la Entidad que disponen de al menos una plataforma que cumpla con los requerimientos del decreto. En caso de tener una alianza con plataformas tecnológicas de un tercero, deberán acreditar esa relación ante la Secretaría.

  • Los conductores de taxi podrán seleccionar la plataforma tecnológica entre las que disponga la empresa a la cual se encuentre inscrito. Esta deberá estar en funcionamiento siempre que el vehículo se encuentre en operación, con o sin pasajero a bordo. De igual forma, los conductores deberán registrar todos los servicios que presten durante la jornada. Mediante un acto administrativo, la Secretaría Distrital de Movilidad indicará los requisitos que debe cumplir la prueba documental a la que hace referencia el artículo.

  • Es importante reiterar que todas las plataformas tecnológicas suministradas por las empresas deberán estas habilitadas por el Ministerio de Transporte, de acuerdo con la Resolución 2163 de 2016.


Así funcionará el servicio de taxi con la introducción de las plataformas tecnológicas:

 

Frente a este tema, consideramos importante responder a las siguientes preguntas:

1. ¿Para qué se hace obligatorio el uso de plataformas tecnológicas para prestar el servicio?

Para mejorar la calidad del servicio, garantizando la seguridad de los pasajeros y conductores y tener mejor información sobre la operación de los vehículos.

2. ¿Los conductores pueden usar otras aplicaciones diferentes a las de la empresa? Sí, siempre y cuando registren todas las carreras en la aplicación de la empresa y la mantengan siempre encendida.

3. ¿Qué pasa cuando la carrera se toma en la calle? 

El conductor debe registrarla en la aplicación de la empresa y el usuario debe conocer la información de la carrera y poder calificar el servicio por medio de alguna interfaz disponible en el vehículo.

4. ¿Cuál es la información que se solicita? 

Por medio de la plataforma se solicita la posición del vehículo cada 10 segundos (y su estado correspondiente), así como la información de cada carrera como longitud, duración, origen, destino, costo, unidades y calificación.

5. ¿Dónde va a quedar almacenada la información?


La información va a quedar en un espacio de nube pública por un periodo de tiempo determinado, por el que se puede acceder por la web.


Adicional al trabajo tecnológico en el sector, la Entidad habilitará en las próximas semanas a las primeras empresas para prestar el servicio de taxis de lujo. Estas empresas ya deben contar con plataformas tecnológicas autorizadas por el Ministerio de Transporte, como se indicó anteriormente.

La Secretaría Distrital de Movilidad reglamentará las tarifas para la prestación del servicio de lujo y ya, a partir de esta base, las empresas habilitadas podrán empezar a vincular sus vehículos de forma gradual.

Los taxis de lujo se podrán diferenciar de los taxis básicos por las siguientes características:

  1. Son más cómodos. Los vehículos que prestarán este tipo de servicio serán tipo campero de cuatro puertas o automóvil sedan.

  2. El servicio solo podrá ser solicitado a través de plataformas tecnológicas y el pago solo podrá realizarse por medios electrónicos.

  3. La vida útil máxima es de siete años.

  4. Los conductores que presten este servicio deberán acreditar un mínimo de 50 horas de capacitación.

Para más información, consulte el micrositio de taxis que la Secretaría de Movilidad ha habilitado con el fin de que medios de comunicación y ciudadanía pueda realizar seguimiento y veeduría constante a la prestación del servicio: http://www.movilidadbogota.gov.co/web/taxis

Última modificación: 
Viernes, Junio 9, 2017 - 09:38