admsdm | Preguntas frecuentes | 9 de octubre de 2017 |
La figura de declaración administrativa de abandono, consiste en declarar la resistencia del propietario o poseedor de retirar el vehículo del parqueadero autorizado y a su vez, asumir la obligación adeudada por los servicios prestados por concepto de parqueadero y/o grúa; si usted, en su momento realizo la gestión para retirar del parqueadero el vehículo inmovilizado, pero sobre éste no se autorizó la entrega por cuanto no figuraba como propietario inscrito, usted tendrá las siguientes opciones:
Recuerde que, para cualquiera de las opciones antes indicadas, la salida solo será autorizada una vez se acredite el pago por concepto de patios, grúa y subsanación de la falta que dio origen a la inmovilización.