¿Puedo ser sancionado por medios electrónicos por no tener vigente la revisión técnico-mecánica o el SOAT? | Secretaría Distrital de Movilidad
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¿Puedo ser sancionado por medios electrónicos por no tener vigente la revisión técnico-mecánica o el SOAT?

 

   admsdm   Preguntas frecuentes 5 de abril de 2017

No, la imposición de comparendos electrónicos por no realizar la revisión tecnicomecánica y de emisiones contaminantes en los plazos establecidos, se está adelantando directamente en vía con ocasión de los controles y operativos que realizan las autoridades de tránsito.

En cuanto al Seguro Obligatorio en accidentes de tránsito SOAT, la Resolución N° 3027 de 2010 establece que el conducir sin portar el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito ordenado por la ley será objeto de sanción, en este sentido la infracción aplica cuando no se porte y se esté desarrollando la actividad de conducir; aunado a lo anterior, en el marco de la Resolución N° 4170 del 05 de octubre de 2016, por medio de la cual se reglamenta la expedición de la póliza del seguro obligatorio de accidentes de tránsito, lo importante es la adquisición de la misma la cual podrá ser verificada utilizando los diferentes medios tecnológicos que permitan la consulta al RUNT.