admsdm | Preguntas frecuentes | 6 de septiembre de 2017 |
Es una de las medidas adoptadas mediante la expedición del Decreto 174 del 30 de mayo de 2006 tendientes a reducir la contaminación generada por los vehículos de Servicio de Transporte Público Colectivo de Pasajeros, diferente a la restricción vigente contemplada en el Decreto 444 de 2014
La restricción aplica de lunes a sábado entre las 6:00 a.m. y las 10:00 a.m., de acuerdo con el último dígito de la placa, cada vehículo tiene promedio tres días de restricción en un mes y no se aplica a los vehículos que se acojan al Programa de Autorregulación Ambiental, instrumento de gestión a cargo de la Secretaría Distrital de Ambiente cuyo objetivo principal es la reducción de las emisiones de los vehículos con motor accionado a diesel basado en un programa integral de mantenimiento vehicular a las empresas de transporte público colectivo de pasajeros hasta lograr mantenerlo un 20% por debajo del límite establecido en la norma vigente.
Restricción Ambiental para Vehículos de Carga y Servicio Público Colectivo y/o conozca la programación para el segundo semestre de 2017