admsdm | Preguntas frecuentes | 6 de septiembre de 2017 |
Es una medida adoptada mediante la expedición del Decreto 660 del 27 de agosto de 2001 a través de la cual se restringe la circulación para taxis amarillos, entre las 5:30 y las 21:00 horas de lunes a sábado. No aplica los días festivos establecidos por la Ley.
La restricción a la circulación tiene un esquema rotativo y cíclico de acuerdo con el último dígito de la placa, es decir, los vehículos que tienen restricción en una semana el día viernes, a la siguiente semana se les restringen el día jueves, siguiente semana miércoles y así sucesivamente. La programación limita la circulación de dos dígitos al día, según el calendario establecido en el artículo 2° del Decreto 660 de 2001.
Conozca la programación para el segundo semestre de 2017