¿En qué consiste la restricción establecida para vehículos particulares? | Secretaría Distrital de Movilidad
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¿En qué consiste la restricción establecida para vehículos particulares?

 

   admsdm   Preguntas frecuentes 6 de septiembre de 2017

El Decreto 575 del 17 de diciembre de 2013 modificado por el Decreto 515 del 22 de noviembre de 2016 establece la restricción a la circulación de vehículos automotores de servicio particular, de lunes a viernes hábiles, entre las 6:00 y las 8:30 horas y entre las 15:00 y las 19:30 horas, en todo el perímetro urbano de la ciudad de acuerdo con el último dígito del número de placa

De esta manera estarán restringidos en los días pares hábiles del calendario, los vehículos cuya placa termine en dígito par, incluido el número cero (0), y en los días impares hábiles del calendario, se restringe circulación de los vehículos cuya placa termine en dígito impar.

Identifique los límites del perímetro urbano de las principales vías de acceso a Bogotá, donde inicia la restricción.

Para ampliación de información ingrese a Restricción para Vehículos de Servicio Particular y/o conozca la programación del segundo semestre de 2017