admsdm | Preguntas frecuentes | 9 de octubre de 2017 |
Cuando usted cancela un comparendo o un acuerdo de pago respecto a multas impuestas en la ciudad de Bogotá y transcurrido un término de cinco (5) días hábiles posteriores a la realización del pago y curso (si aplica), aún figuran tanto en el Sistema de la Secretaría de Movilidad, y/o SIMIT, usted puede dirigirse a cualquiera de los siguientes puntos:
También podrá registrarse a través del SDQS y presentar la solicitud por este medio.
Ingrese a Corrección - Descargue de comparendos y acuerdos de Pago para identificar los documentos que debe acreditar según el caso.