admsdm | Preguntas frecuentes | 4 de mayo de 2017 |
Los medios de pago autorizados por la Secretaría Distrital de Movilidad, aplican de manera exclusiva respecto a comparendos impuestos dentro de la Jurisdicción de Bogotá. Si usted ha sido objeto de la imposición de un comparendo por la policía de carreteras o por un organismo de tránsito diferente, debe verificar en forma directa con dicho organismo, los medios de pago autorizados.
Ingrese a Devolución y/o compensación de pagos en exceso y pagos de lo no debido y conozca el procedimiento y requisitos para obtener la devolución de los valores consignados por error ante la Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá.