¿Qué sucede si incumplo un acuerdo de pago por infracciones de tránsito suscrito en la ciudad de Bogotá? | Secretaría Distrital de Movilidad
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¿Qué sucede si incumplo un acuerdo de pago por infracciones de tránsito suscrito en la ciudad de Bogotá?

 

  admsdm  Preguntas frecuentes 19 de julio de 2017

Cuando el deudor acumula dos cuotas pendientes de pago, se le envía una comunicación invitándolo a que cancele las cuotas atrasadas so pena de ser reportado ante las centrales de riesgo y el Boletín de Deudores Morosos del Estado y se le otorga un plazo adicional de 90 días, para que cancele las deudas atrasadas. Si transcurrido este término no se cancelan las cuotas atrasadas, la Dirección de Gestión de Cobro de la Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá, emite la resolución donde se declara el incumplimiento y da inicio o continuidad al procedimiento de cobro coactivo.

Los deudores que tiene cuotas atrasadas o que se les ha decretado el incumplimiento de una facilidad de pago no podrán suscribir acuerdos de pago por otras obligaciones no financiadas hasta que se pongan al día con las financiaciones anteriormente suscritas.